top of page

Acción de tutela en temas de salud

  • Foto del escritor: Periódico Sexto Sentido
    Periódico Sexto Sentido
  • 4 mar
  • 2 Min. de lectura

Por:

ANDERSON BRACHO MONSALVE


La Acción de Tutela es un mecanismo constitucional, creado por el constituyente de 1991, decreto 2591, el cual se establece como una herramienta a través del cual se protegen los derechos fundamentales y conexos de los ciudadanos.


Según datos del Ministerio de Salud, para el año 2023, en Colombia, se registraron 197.767 acciones de tutela en temas de salud, una de las cifras más altas en los últimos 10 años. El Personero Delegado 20D de Atención al Público, Luis Fernando Barrera Restrepo, adscrito a la Personería Distrital de Medellín, tiene a cargo la atención de los ciudadanos para temas de vulneración de derechos humanos, entre ellos, la salud.


“Cualquier persona, sea del territorio que sea, puede acceder a este mecanismo y más cuando su derecho a la salud esté siendo amenazado o vulnerado en algunos de estos casos: el ciudadano tenga la orden para una cirugía y la EPS no la quiera ejecutar, cuando no le asignen citas médicas y cuando los medicamentos ordenados no los suministren, entre estas acciones cabe la acción de tutela”. Explica el delegado.

Para radicar de manera adecuada una acción de tutela, se debe tener a disposición la historia clínica, las órdenes médicas del proceso que esté llevando y la fotocopia del documento de identidad, los órganos de control recomiendan siempre presentar estos documentos para demostrar ante un juez la vulneración.


Barrera Restrepo, ratifica que esta herramienta ciudadana no tiene formalismos ni orden lógico, es básicamente direccionarla a un juez de tutela, narrando los hechos y describiendo la situación particular que está sufriendo el usuario. La pretensión de la acción de tutela está enmarcada en la protección a la vida, la dignidad humana y el derecho fundamental a la salud y en consecuencia que se ordene el restablecimiento de ese o esos derechos vulnerados.


“En las Personerías como agencias del ministerio público estamos facultados para acompañar a cualquier ciudadano en este proceso. La acción de tutela tiene un accionante (usuario afectado), un accionado (prestador del servicio de salud) y un tercero imparcial (juez que decide). En la Personería de Medellín, creamos un nuevo servicio llamado ‘Acción de Tutela en Salud’, donde se adelanta la acción, la radicación y el seguimiento a todo este proceso”. Finaliza este profesional del derecho.

Comments


bottom of page